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Si bien las actividades de construcción son consideradas, según nuestra legislación, como una fuente fija que está regulada por el D.S. N°146/97 MINSEGPRES, se está elaborando una normativa específica, debido a las características especiales de este tipo de fuentes.
| Fuentes a regular: aquellas obras de edificación o de urbanización que están reguladas por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. |
| Objetivo: establecer límites de emisión de ruido adecuados a las actividades de la construcción, que por sus características especiales requieren una regulación especial. |
| Futura norma: se establecen, para algunas obras que cumplen ciertas condiciones, el requisito de elaborar e implementar un plan preventivo. Además, se establecen límites máximos permisibles de ruido, dependiendo de la zona en donde se encuentre el receptor y por periodo (diurno y/o nocturno). Para ciertas faenas ruidosas se da la posibilidad de "superar" los límites durante periodos controlados, siempre y cuando se implemente un plan de monitoreo y un plan de información a la comunidad. |
Ámbito territorial: todo el territorio nacional.
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| Fiscalización: a cargo de las Secretarías Ministeriales Regionales de Salud (SEREMIs) |
| Control: por denuncia. |
| Estado del proceso: se encuentra en fase de elaboración de proyecto definitivo, a la espera de algunas modificaciones técnicas que se están realizando al D.S. N°146. |
| Pasos siguientes: consideración a Consejo Consultivo, a Comité Directivo de CONAMA, toma de razón en Contraloría y publicación Decreto Supremo en Diario Oficial. |
| Comité Operativo del proceso: Ministerio de Salud, SEREMI de Salud RM, Instituto de Salud Pública, Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Ministerio de Obras Públicas. |
| Comité Ampliado invitado al proceso: Asociación Chilena de Municipalidades, Cámara Chilena de la Construcción, Sociedad Chilena de Acústica, Instituto Nacional de Normalización, Universidad de Chile, Universidad Austral de Chile, Universidad Tecnológica de Chile – INACAP, Acústica y Desarrollo. |
| Antecedentes: se elaboraron dos estudios. Estudio "Elaboración de Antecedentes relativos a la Emisión de Ruidos Generados por Actividades de Construcción" y "Asesoría para la Campaña de Mediciones como antecedentes para la Elaboración de la Norma de Emisión de Ruidos Generados por Actividades de Construcción". |
| Fuentes a regular: las operaciones aeroportuarias (despegue y aterrizaje) en todos los terminales aéreos del país. Se excluyen las de Estado (aduana, policía y militares) |
| Objetivo: entregar reglas claras en el ámbito de las operaciones aeroportuarias y su impacto en las zonas circundantes, mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión y criterios de compatibilidad con los diferentes usos de suelo. |
| Futura norma: la norma se basa en la estrategia de regulación definida en la Norma FAR 150 de los EEUU que establece exigencias de emisión de la fuente, así como exigencias de aislación acústica a las viviendas cercanas a ésta. |
| Ámbito territorial: todo el país. |
| Fiscalización: por definir. |
| Control: por definir. |
| Estado del proceso: se encuentra en fase de elaboración el anteproyecto de norma, a la espera de antecedentes técnicos. |
| Pasos siguientes: elaboración de estudio de Análisis General de Impacto Económico y Social y Consulta Pública. Posteriormente se debe realizar el Proyecto Definitivo. |
| Comité Operativo del proceso: Dirección General de Aeronáutica Civil, Ministerio de Obras Públicas (Dirección de Aeropuertos), Junta de Aeronáutica Civil, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Salud, SEREMI de Salud Región Metropolitana e Instituto de Salud Pública. |
| Comité Ampliado invitado al proceso: LAN, SKY, Aerolíneas del Sur, ACHILA, Agrupación de Concesionarias de Obras de Infraestructura Pública COPSA AG., Instituto Nacional de Normalización, Universidad Austral de Chile, Universidad Tecnológica de Chile – INACAP, Colegio de Ingenieros en Acústica, Sociedad Chilena de Acústica, Ambiente Consultores Ltda., Ciudad Viva, AEPA, Multisocial de Pudahuel, Comité Seguimiento Ciudadano 2ª Pista AMB, Asociación Chilena de Municipalidades, Municipalidad de Colina, Municipalidad de Lampa, Municipalidad de Maipú, Municipalidad de Pudahuel, Municipalidad de Quilicura. |
| Antecedentes: como antecedente principal existe una tesis de titulación de dos estudiantes, la que fue solicitada a la Universidad Tecnológica de Chile – INACAP, y que forma parte del expediente de la norma por entregar información relevante para su elaboración. |
| Fuentes a regular: vehículos livianos, medianos y motocicletas inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, a partir de la entrada en vigencia de la norma. Es decir, la norma aplicará a vehículos y motocicletas "nuevos". |
| Objetivo: controlar la emisión de ruido de este tipo de vehículos. |
| Futura norma: se establecerán límites máximos permisibles de ruido de acuerdo a dos ensayos (estacionario y dinámico). |
| Ámbito territorial: todo el país. |
| Fiscalización: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. |
| Control: ingreso al parque vehicular (homologación) y Plantas de Revisión Técnica (sólo para aquellos vehículos que ingresarán al país de acuerdo a la norma). |
| Estado del proceso: se encuentra en fase de elaboración el anteproyecto de norma (iniciada en septiembre de 2008). |
| Pasos siguientes: elaboración de estudio de Análisis General de Impacto Económico y Social y Consulta Pública. Posteriormente se debe realizar el Proyecto Definitivo, etc. |
| Comité Operativo del proceso: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Ministerio de Salud e Instituto de Salud Pública. |
| Comité Ampliado invitado al proceso: por definir. |
| Antecedentes: se están recopilando los antecedentes, los que estarán próximamente a disposición de la comunidad. |
| Motivo de la revisión: las normas ambientales deben ser revisadas cada 5 años. |
| Temas a revisar: cambio definición de fuente fija, eliminación concepto de molestia, propuesta de nuevos límites nocturnos (más exigentes), simplificación metodología de medición, incorporación exigencias para calidad del instrumental, incorporación metodología de monitoreo. |
| Estado del proceso: se realizó el estudio AGIES el cual entrega una nueva propuesta para límites nocturnos (intermedio). Actualmente se encuentra en fase de elaboración del proyecto definitivo. |
| Pasos siguientes: consideración a Consejo Consultivo, a Comité Directivo de CONAMA, toma de razón en Contraloría y publicación Decreto Supremo en Diario Oficial. |
| Comité Operativo del proceso: Ministerio de Salud, SEREMI Salud RM, Instituto de Salud Pública, Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Ministerio de Economía. |
| Comité Ampliado invitado al proceso: SOFOFA, Instituto Nacional de Normalización, Universidad Austral de Chile, Universidad Tecnológica de Chile – INACAP, Colegio de Ingenieros Acústicos, Sociedad Chilena de Acústica, Ambiente Consultores Ltda., Ciudad Viva y AEPA. |
| Antecedentes: Los antecedentes son parte del expediente público del proceso (http://www.conama.cl/portal/1301/article-41165.html) |
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