CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo, presidido por el Ministro Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, está integrado por los Ministros de Economía, Fomento y Reconstrucción, Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, Agricultura, Vivienda y Urbanismo, Bienes Nacionales, Salud, Minería, Planificación y Cooperación Educación, Defensa, Relaciones Exteriores y Secretaría General de la Presidencia. CONSEJO CONSULTIVO CONAMA cuenta además con un Consejo Consultivo, órgano de consulta y apoyo del Consejo Directivo. Está conformado por dos representantes de las organizaciones no gubernamentales, dos de los trabajadores, dos del sector empresarial, dos científicos de Universidades, dos de centros académicos independientes y un representante del Presidente de la República. DIRECCIÓN EJECUTIVA La administración de la Comisión Nacional del Medio Ambiente se encuentra a cargo de la Dirección Ejecutiva, conformada por un Director designado(a) por S.E. el Presidente de la República. Asimismo, es el jefe superior del servicio y tiene su representación legal. Sus principales funciones son: La administración superior del Servicio;
- Cumplir y hacer cumplir los acuerdos e instrucciones del Consejo Directivo y del Ministro Presidente de la Comisión en las materias de su competencia, y realizar los actos y funciones que éstos le deleguen en el ejercicio de sus atribuciones;
- Requerir de los organismos del Estado la información y antecedentes que estime necesarios y que guarden relación con sus respectivas esferas de competencia;
- Proponer al Ministro Presidente de la Comisión el programa anual de actividades del Servicio;
- Preparar el proyecto de presupuesto de la Comisión para someterlo al Ministro Presidente de la Comisión y al Consejo Directivo, y proponer las modificaciones presupuestarias que se requieran;
- Proponer al Ministro Presidente de la Comisión la organización interna del Servicio y sus modificaciones;
- Asistir con derecho a voz, a las sesiones del Consejo Directivo;
- Informar periódicamente al Ministro Presidente de la Comisión y al Consejo Directivo acerca de la marcha de la institución y del cumplimiento de sus acuerdos e instrucciones;
- Administrar los recursos destinados al financiamiento de proyectos y de actividades orientados a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental, conforme a las bases generales fijadas por el Consejo Directivo;
- Vincularse técnicamente con los organismos internacionales dedicados al tema ambiental, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden al Ministerio de Relaciones Exteriores;
- Someter a consideración del Consejo Directivo, por intermedio del Ministro Presidente de la Comisión, todas aquellas materias que requieran de su aprobación o resolución.
Departamentos GESTIÓN AMBIENTAL REGIONAL COREMAS Las Comisiones Regionales de Medio Ambiente, COREMAS, son órganos de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, de carácter colegiado, y cuyo objeto es coordinar la gestión ambiental en el nivel regional; pronunciarse sobre los proyectos ode impacto ambiental a nivel local; llevar adelante el procedimiento de declaración de una zona como saturada o latente; emitir opinión sobre los anteproyectos de Planes de Prevención o de Descontaminación de carácter regional. A través del desempeño de estas funciones, además de lograr una gestión integrada de las diversas instituciones con competencia ambiental, es posible hacer efectiva la necesaria participación de las comunidades locales en la gestión de los temas ambientales, a través de los municipios y organizaciones sociales respectivas. Las COREMAS están integradas de la siguiente manera:
- El Intendente Regional, quien la preside.
- Los Gobernadores provinciales de la región.
- Los Secretarios Regionales de aquellos Ministerios que forman el Consejo Directivo de CONAMA.
- Cuatro consejeros regionales elegidos por el respectivo Consejo.
- El Director Regional de la CONAMA, quien además actúa como secretario.
La ley contempla, también, la existencia de un Comité Técnico de COREMA, el cual está integrado por el Director Regional de CONAMA, que lo preside, y por los Directores Regionales de los servicios públicos que tengan competencia en materias ambientales, incluido el Gobernador Marítimo correspondiente. DIRECCIONES REGIONALES DE CONAMA Cada región cuenta con un Director Regional, el cual constituye el apoyo técnico de la respectiva COREMA. |