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Acuerdos Ambientales Multilaterales
La política ambiental de Chile se ha caracterizado por abordar decididamente los desafíos globales existentes en esta materia, insertándose en el contexto internacional y desarrollando una participación activa en la agenda mundial para el desarrollo sustentable. En ese camino, que se inició con la reunión sobre Medio Ambiente Humano, en Estocolmo (1972), y que continuó desarrollándose en la Cumbre sobre Medio Ambiente y Desarrollo en Río de Janeiro (1992), y Johannesburgo, en la Cumbre de Desarrollo Sostenible (2002), se ha suscrito una serie de protocolos y convenios que apuntan en tal dirección. El país ha puesto especial énfasis en incorporarse constructivamente a la red de acuerdos y tratados internacionales ambientales, con el propósito de alcanzar un desarrollo sustentable. Estos convenios constituyen una fuente importante de Derecho Ambiental Internacional y contribuyen a la generación de las políticas de cada nación sobre este tema.
Acuerdos
  • Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático
    La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático tiene por objetivo reforzar la conciencia pública, a escala mundial, de los problemas relacionados con el cambio climático. En 1997 dio origen al Protocolo de Kyoto, que cuenta con medidas más jurídicamente vinculantes respecto de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero.
  • Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos
    La Convención entró en vigor en 1982 como parte del Sistema del Tratado Antártico, de conformidad con las disposiciones del artículo IX del Tratado. En su establecimiento primó la necesidad de considerar las graves consecuencias del aumento de las capturas de kril en el Océano Austral, en las poblaciones mismas de kril y en la fauna marina, especialmente en aves, focas y peces que dependen en gran parte del kril para su subsistencia.
  • Convenio de Estocolmo
    El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) tiene como  objetivo proteger la salud humana, facultando a la partes firmantes para adoptar las medidas jurídicas, administrativas y/o instrumentos de regulación que estimen convenientes para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de la producción y utilización intencionales de los denominados Contaminantes Orgánicos Peristentes (COPs), sustancias químicas que se utilizan como plaguicidas o en la industria, o se producen de manera no intencional a partir de ciertas actividades humanas (procesos de combustión o incineración, entre otros).
  • Convención de Basilea
    El Convenio de Basilea es un tratado ambiental global que regula estrictamente el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y estipula obligaciones a las Partes para asegurar el manejo ambientalmente racional de los mismos, particularmente su disposición.
  • Convenio sobre la Conservación de Especies Migratorias de la Fauna Salvaje
    La Convención tiene por objetivo conservar especies migratorias terrestres, marinas y aves a través de su rango de distribución. Dicha convención es un tratado internacional que se enmarca en el Programa Ambiental de Naciones Unidas.
  • Protocolo de Montreal
    El Protocolo de Montreal relativo a Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAOs) es un tratado internacional que tiene como objetivo proteger la capa de ozono mediante el control de producción de las sustancias degradadoras de la misma.
  • Convenio de Rotterdam
    El Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos objeto de comercio internacional, tiene como objetivo promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños.
  • Convención sobre Conservación de Focas Antárticas
    Esta Convención se aplica al mar al sur de los 60º de Latitud Sur, y abarca las siguientes especies: Elefante marino (Mirounga leonina), Leopardo marino (Hydrurga leptonyx), Foca de Weddell (Leptonychotes weddelli), Foca cangrejera (Lobodon carcinophagus), Foca de Ross (Ommatophoca rossi), Lobo de dos pelos (Arctocephalus sp).
  • Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES)
    La CITES es un acuerdo internacional concertado entre los gobiernos . Tiene por finalidad velar por que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituye una amenaza para su supervivencia.
  • Tratado Antártico
    El Tratado Antártico fue suscrito en Washington el 1º de diciembre de 1959, entrando en vigencia el 23 de junio de 1961. Los paises firmantes (Argentina, Australia, Bélgica, Chile, la República Francesa, Japón, Nueva Zelandia, Noruega, la Unión del África del Sur, la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América) firman este convenio bajo el convencimiento de que un Tratado que asegure el uso de la Antártica exclusivamente para fines pacíficos y la continuación de la armonía internacional en la Antártica promoverá los propósitos y principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas.
  • Convenio Internacional para la Regulación de la Caza de la Ballena
    El Convenio busca establecer un sistema de reglamentación internacional para la pesquería ballenera a fin de asegurar la debida y efectiva preservación y aumento de las existencias balleneras a base de los principios formulados en las disposiciones del Convenio Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena, firmado en Londres el 8 de junio de 1937, y los protocolos de ese Convenio, firmados en Londres el 24 de junio de 1938 y el 26 de noviembre de 1945.
  • Convenio sobre Diversidad Biológica
    El Convenio sobre Diversidad Biológica tiene como objetivo la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada.
  • Convención sobre Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas (RAMSAR)
    La Convención sobre los Humedales, firmada en Ramsar, Irán, en 1971, es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y uso racional de los humedales y sus recursos. Hay actualmente 158 Partes Contratantes en la Convención y 1755 humedales, con una superficie total de 161 millones de hectáreas, designados para ser incluidos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional de Ramsar.
  • Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la Desertificación
    El objetivo de la Convención de Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en Particular en África, es luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la sequía en los países afectados, en particular en África, mediante la adopción de medidas eficaces en todos los niveles, apoyadas por acuerdos de cooperación y asociación internacionales, en el marco de un enfoque integrado acorde con el Programa 21, para contribuir al logro del desarrollo sostenible en las zonas afectadas.
  • Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
    La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar se caracteriza por confirmar el derecho internacional del mar vigente, al incorporar muchos aspectos de las Convenciones de Ginebra de 1958 y, además, por desarrollar progresivamente el derecho internacional del mar, al establecer nuevos institutos en la materia, como la zona económica exclusiva.
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